jueves, 11 de octubre de 2012


DEFINICIÓN DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER:


Es cualquier acto de maltrato físico, sexual, psicológico y/o económico contra una persona por su condición de ser mujer, incluye los actos de privación de la libertad tanto en el ámbito público como privado; por ello, la Ley 1257 del 2008 dicta normas sobre la sensibilización y prevención, protección, atención y sanciones para los agresores de cualquier forma de violencia y discriminación contra las mujeres.

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